No podrán ejecutarse desalojos hasta diciembre de 2024

La Ley de Suspensión de Desalojos fue prorrogada por la Cámara de Diputados de la provincia hasta el 31 de diciembre de 2024, fecha hasta la cual no se podrán ejecutar sentencias que tienen por objeto ordenar el desalojo o remate de inmuebles destinados a vivienda única y familiar y a la de producción agropecuaria única y familiar, cuando se verifica una ocupación superior a ocho años, sobre predios urbanos y rurales, respectivamente, sean fiscales o privados.

La norma, cuyo autor es el diputado Martín Sereno, del bloque parlamentario Tierra, Techo y Trabajo -que no fue acompañada por el bloque del PRO, cuya postura es la misma que en otros años y ante la misma problemática- busca paliar un problema que aqueja a muchas familias misioneras por el déficit habitacional existente.

Sereno agradeció el trabajo del Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (Iprodha) y de la Subsecretaría de Tierras en esta temática, al que calificó de «impecable y permanente». Expresó la importancia de que se extienda la prórroga de la Ley de Suspensión de Desalojos. «Ojalá se achique cada vez más esta necesidad, hasta lograr la plena regularización, tenencia y distribución de la tierra, porque actualmente es un privilegio, cuando en realidad es un derecho que universalmente deberían gozar todos y todas las habitantes de nuestro suelo», indicó.

Recordó que años anteriores cuando presentaron el pedido de esta prórroga, algunos sectores de la Cámara de Representantes votaron en contra. «Son los que responden a un sector que cuando les tocó administrar el Gobierno nacional, no construyeron una vivienda en cuatro años; sin embargo votan con total insensibilidad en contra de la suspensión de desalojos, sin importarles a cuantas familias empobrecidas perjudican. Así votan quienes responden al macrismo que nunca hizo una escuela y después dicen que defienden la educación, al igual que la salud, sin embargo cortaron los programas médicos; hablan de buscar alivio para las y los trabajadores; pero votan en contra de la quita de impuestos», cuestionó Sereno.

La tenencia de la tierra

La vigencia de la suspensión de las ejecuciones de sentencias que ordenan el desalojo de inmuebles destinados a vivienda única y familiar, por el plazo señalado está sujeta a que las y los beneficiarios acrediten en el expediente judicial, estar empadronados conforme lo prevé el artículo 6, antes del 31 de mayo de 2024. Una vez vencido el plazo establecido, excepcionalmente puede solicitar la inscripción al Padrón Provincial de Beneficiarios, toda persona que sea notificada de una acción en su contra entre el mes de mayo de 2024 y 31 de diciembre de 2024 y que además cumpla con todos los requisitos de inscripción exigidos en la Ley XII- N° 28.

Para el legislador de TTT,  hasta que no haya una justa distribución de la tierra, será necesario seguir prorrogando esta norma. «Mientras tendremos que seguir avanzando, y en esa línea quedó pendiente una propuesta que hicimos que pide que en el caso del empadronamiento, se prioricen a las víctimas de violencia de género en la asignación de viviendas, porque creemos, después de haber visto este año casos injustos en los que la mujer es obligada a abandonar la casa, creemos que la condición de ser víctimas de violencia, amerita que se las priorice en la asignación de viviendas. Lamentablemente no entró en el dictamen; pero esperemos que quienes retomen la prórroga del próximo año, lo tengan en cuenta y propongan ese articulado para mejorar un poquito más la ley», afirmó Sereno.

Los juzgados

En su alocución en el recinto, el legislador del bloque Tierra, Techo y Trabajo, solicitó a los Juzgados que se involucran en la problemática de la ley sancionada, porque en varios Juzgados y Defensorías «existe un desconocimiento del funcionamiento de esta Ley, y muchas veces nos encontramos con problemáticas y situaciones que podrían ser evitadas si hubieron manejo cabal de la norma», remarcó.Ante esto insistió en la necesidad de capacitación del Poder Judicial sobre este tema puntual. «De esa manera se podrá evitar más sufrimiento a las familias damnificadas en un posible desalojo y eso solo se logra, conociendo la ley y ejecutándola como corresponde», dijo el diputado Sereno.

En ese sentido, el artículo 2 indica que se instruye sobre la norma a funcionarios y funcionarias del Iprodha, el Poder Judicial, Defensorías y demás dependencias judiciales de todas las localidades interior de la provincia, para informar a las y los beneficiarios acerca de las gestiones correspondientes para la ejecución de la Ley.

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