Un cartel para que no queden dudas

Todas las comisarías y dependencias policiales deben exponer un cartel visible al público con el texto de dos párrafos del artículo 14 de la Constitución Provincial, donde se especifica que las autoridades a cargo de la custodia de las personas detenidas tienen la obligación de llevarlos a la presencia de cualquier persona que lo requiera, tan como lo ordena la Ley provincial IV 76.

Así quedó establecido en el convenio que suscribieron el 11 de mayo los titulares de los Ministerios de Gobierno y de Derechos Humanos de Misiones, Marcelo Pérez y Lilia Marchessini respectivamente.

El cartel deberá decir expresamente: «La autoridad a cuyo cargo esté la custodia de un detenido está obligada, sin perjuicio de las medidas y precauciones asegurativas del caso, a llevarlo a la presencia de cualquier persona que lo requiera. El incumplimiento o negligente observancia de las obligaciones señaladas en la presente disposición, ocasionan al funcionario o empleado responsable la pérdida de su empleo, sin perjuicio de las sanciones penales que puedan corresponderle».

 

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